Abstract
INTRODUCCIÓN
Para dar inicio a esta investigación, es necesario primero establecer lo que se menciona en la doctrina con respecto a lo que es el Gobierno Corporativo. Luis Carlos Barba, menciona en su artículo de revista titulado Gobierno Corporativo y el valor de las empresas mexicanas, varias teorías al respecto. La primera de ellas es denominada como la teoría de la agencia, el cual hace referencia a los medios de control institucionales y conceptualiza a las sociedades como un cúmulo de contratos entre los accionistas y el equipo directivo . Asimismo, se considera que en México el contexto institucional es adverso ya que hace que la aplicación de los contratos de agencia (los que son entre los accionistas y directivos) sea más costosa y problemática debido a una alta concentración de la propiedad y a la falta de un Gobierno Corporativo institucional eficiente .
Por otro lado, hay varias teorías más que conceptualizan al Gobierno Corporativo como lo son la teoría institucional y la teoría de los stakeholders. La primera surge a principios del siglo veinte y fue impulsada por Thorstein Veblen al cual se le considera como fundador de la corriente institucionalista de las ciencias sociales y menciona que las sociedades no existen por una función de beneficio social, sino más bien por inercia del sistema, ellas son las que dictan las reglas . La segunda teoría nace como un complemento a la teoría de la agencia, el cual amplifica la relación con los contratos, aplicados a distintos grupos el cual da crecimiento institucional y crea un valor económico añadido . En este grupo están los clientes, los empleados, los acreedores, el ente gubernamental, etc.
Justamente es por esto mismo se decidió darle más peso a la teoría institucionalista, ya que abarca el cómo la estructura directiva, contando accionistas y directivos se relacionan entre ellos y éstos entre los que están en una jerarquía menor. Asimismo, el poner a todos dentro de una misma institución priorizando el crecimiento institucional y el crecimiento económico. Es por esto por lo que se han creado mecanismos en todo el mundo para que las empresas implementen un mecanismo de Gobierno Corporativo, con la finalidad de crear valor para la economía.
El Gobierno Corporativo, además de crear valor a la empresa y mejorar su notoriedad en el mercado donde se desempeñe, es altamente recomendado para prevenir escándalos corporativos, fraudes y también ayuda a impedir posibles asuntos civiles y penales. Sin embargo, el Gobierno Corporativo, así como las leyes que regulan el comercio funcionan de diferente manera en los países con contextos económicos diferentes . Lo anterior, es provocado por una serie de factores como lo son las condiciones sociales, económicas, el funcionamiento del ambiente empresarial e institucional en México y en distintos países. Aunado a lo anterior, las regulaciones gubernamentales hacen aún más complicado y diferente lo mencionado anteriormente.
Aunado a lo anterior, podemos afirmar que los criterios de Gobierno Corporativo ayudan a mantener un ambiente de seguridad para los implicados en la sociedad, los cuales incluyen a los accionistas, al conjunto del equipo directivo, a los consumidores y a los acreedores. Ayuda, también a mantener un ambiente de transparencia en la sociedad que proporciona seguridad en todos sus niveles jerárquicos. Es de esta forma que el gobierno corporativo funciona como un facilitador para la resolución de conflictos internos de manera imparcial
Por otro lado, parte de lo que proporcionan las herramientas de gobierno corporativo en las sociedades son las siguientes: contribuye a alcanzar los fines de la sociedad, es decir, ayuda a cumplir el objeto social de la sociedad; ayuda, asimismo a conseguir el principal objetivo de la sociedad: el lucro y la rentabilidad ; establece una eficaz comunicación institucional. Esto implica que hay una relación amplia entre todas las jerarquías de la sociedad; define, a su vez todas las funciones que realizan los diferentes órganos de gobierno de la sociedad, entre otras.
En este sentido, habiendo establecido los distintos beneficios que se obtienen al tener un Gobierno Corporativo institucionalizado, se hablará de las prácticas que hay en la República Mexicana y su historia. En nuestro país, las prácticas de Gobierno Corporativo se han estado implementando desde la creación del Código de Mejores Prácticas Corporativas (código no vinculante para sociedades privadas) teniendo como obligados principales a las Sociedades Anónimas Bursátiles.
La Ley del Mercado de Valores establece los mecanismos para hacer cumplir con los criterios de gobierno corporativo para las empresas públicas y el órgano o comisión encargado de supervisar dicho cumplimiento es la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. El tema por seguir es que las sociedades mercantiles que no cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores no poseen un órgano o comisión reguladora que supervise que se cumpla con las prácticas, sino que se deja al arbitrio de éstas para que se sigan o no.
Asimismo, para entender lo que es el gobierno corporativo, se tiene que entender primero la etimología de las palabras. Gobierno proviene de la lengua latín “gubernare” el cual significa mandar, guiar, dirigir, etc.; por otro lado, tenemos la palabra Corporativo, la cual proviene del latín “corpus” y es lo que pertenece a un cuerpo, corporación, sociedad, o comunidad; por último, se tiene a la palabra Práctica la cual proviene del latín “practicas” y su significado es el uso continuado conforme a la costumbre o reglas .
Es por lo anterior, que la definición de Gobierno Corporativo aceptada internacionalmente y por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), es el sistema por el cual las sociedades son dirigidas y controladas . En sentido amplio, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) considera que las prácticas de gobierno corporativo comprenden las relaciones entre la administración de la sociedad , su consejo, los accionistas y los terceros interesados . Asimismo, también se entiende como la estructura a través de la cual los objetivos de la sociedad son determinados, así como es monitoreado su desempeño y cumplimiento.
Dicha sociedad tiene como finalidad la constitución de aquellos negocios o empresas que no superen la cantidad de cinco millones de pesos en ingresos anuales. Asimismo, otro motivo por el cual se dio la creación de esta sociedad fue para incentivar a los microempresarios y empresarios a llevar su negocio a la formalidad en cuestiones de contabilidad, libros corporativos, jerarquía organizacional y por pertenecer a la agenda de la OCDE para el desarrollo económico, siguiendo con los principios de gobierno corporativo.
En este contexto, cabe recalcar que el precursor de la economía mexicana actualmente está conformado por las microempresas ya que más de la mitad de las empresas actualmente activas en la República no están dadas de alta formal o legalmente hablando . Es por esto mismo que el problema que se termina planteando es que nuestro país deja de ganar y se deja de incentivar la economía si no se le da la importancia que se debe a las buenas prácticas de Gobierno Corporativo y el problema radica en incluir disposiciones en la Ley para que se establezca la obligación de implementar estas prácticas. En este sentido, lamentablemente es complicado que un negocio pequeño de emprendedores adopte estas prácticas, ya que inclusive el proceso de constitución es tardado, costoso y burocrático.
Como se ha venido estableciendo a lo largo de esta introducción, el Gobierno Corporativo en las empresas es de suma importancia y no sólo brinda certeza o seguridad jurídica a las personas que forman parte de la organización o institución, sino es la clave esencial para que la organización vista desde un punto relacionado al capital pueda crecer y desarrollar su objeto social de manera eficaz. Sin embargo, en nuestro país las sociedades cotizadas son las únicas obligadas al cumplimiento de estas normas reguladas por la Ley de Mercado de Valores teniendo a la CNBV como supervisora del cumplimiento.
En este sentido, es imperativo que las buenas prácticas de Gobierno Corporativo sean replicadas de manera obligatoria y estricta en las sociedades que no cotizan en bolsa. Es por esto que para cumplir con lo anterior se necesitará imponer un límite en la autonomía de la voluntad para que se de nacimiento una Comisión especial para que se regule el cumplimiento en las sociedades mercantiles.
Es por esto que en el presente documento se abordarán temas relacionados a la necesidad del cumplimiento de las prácticas de gobierno corporativo en sociedades que no cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores. Por otro lado, se analizará el principio de autonomía de la voluntad y se propondrán límites a ésta con la finalidad de proponer la creación de un órgano gubernamental que regule las prácticas de gobierno corporativo en las sociedades privadas mexicanas. En este contexto, utilizaré derecho comparado con la finalidad de tener un punto de referencia de lo anterior. Asimismo, en el presente Proyecto de Evaluación Final, me apoyaré en diversos autores, mexicanos y extranjeros con la finalidad de dar cabal cumplimiento a mi hipótesis.
Date of Award | 13 May 2022 |
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Original language | Spanish |
Awarding Institution |
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Supervisor | Eduardo Rocha Núñez (Supervisor) |
CLASIFICACION
- UDEM